Vulneraciones Derechos Humanos en el Ecuador #ParoNacionalEc2025

La Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos del Ecuador, en el marco de su monitoreo permanente de vulneraciones a los derechos humanos, emitió ayer su Octavo Reporte respecto de los hechos ocurridos en el contexto del Paro Nacional de septiembre de 2025.

Al día 11 del Paro Nacional, con corte al 2 de octubre de 2025 a las 18h00, la Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos del Ecuador, en el Octavo Reporte – Paro Nacional Ecuador 2025, documentó 183 vulneraciones a derechos humanos:

🔹 86 personas detenidas
🔹 103 heridas
🔹 11 temporalmente desaparecidas
🔹 1 fallecida

Entre los hechos más graves están la detención de Juan Aguilar, comunero de Otavalo con 75% de discapacidad, quien fue retenido por militares el 26 de septiembre y apareció seis días después deambulando en Ibarra; la persecución contra José Xavier Fajardo, presidente del Comité de Derechos Humanos de Shushufindi; así como nuevas jornadas de represión militar y policial en Cayambe, Bolívar, Guayaquil y Sucumbíos.

También registra censura a periodistas y el uso inconstitucional de Fuerzas Armadas contra manifestantes.

Con corte al 1 de octubre de 2025, a las 16h00, la Alianza por los Derechos Humanos del Ecuador, en el Boletín de Prensa No. 7, informó que ha documentado 165 reportes de vulneraciones a derechos humanos.

A la fecha, hemos registrado y documentado 85 personas detenidas, al menos 100 heridas, 12 temporalmente desaparecidas y 1 fallecida, todos
estos hechos ocurridos en el marco de intervenciones de la fuerza pública. Pese a la gravedad de la situación, no existen cifras oficiales actualizadas.

La última información emitida por el Ministerio del Interior Ecuador, con fecha 26 de septiembre, reportaba aproximadamente 100 personas detenidas. Desde entonces, el Gobierno Nacional Presidencia de Ecuador no ha actualizado la información, incumpliendo su obligación de proporcionar datos oficiales de manera oportuna y transparente.

La noche del 30 de septiembre, en la parroquia Molleturo, comuneros y comuneras fueron víctimas de una represión armada desproporcionada y de detenciones arbitrarias realizadas por la Policía Nacional del Ecuador y las Fuerzas Armadas del Ecuador.

Según testimonios, personas que regresaban a sus hogares por la vía Cuenca–Molleturo–Naranjal fueron interceptadas violentamente por agentes uniformados, quienes abrieron fuego contra vehículos en los que se trasladaban comuneros desarmados, atentando contra la vida de
mujeres, adultos mayores y defensores del agua.

Se registraron lesiones graves en el caso del ciudadano Francisco M. (65 años), con golpes en el rostro y cabeza, atribuibles a la Policía. En total
fueron cuatro comuneros detenidos, entre ellos Zoila V., reconocida defensora del agua, y tres adultas mayores.

Luego de casi 24 horas de detención arbitraria, los cuatro comuneros fueron liberados este 1 de octubre. En el tiempo que estuvieron detenidos no se presentaron pruebas que justificaran su detención, al no poder probar los cargos quedaron en libertad.

Aun así, la Fiscalía abrió una indagación previa, por lo que el proceso judicial en su contra continúa.

En horas de la mañana del 1 de octubre se registró la detención arbitraria de un dirigente social en Lago Agrio, ocurrida en el marco del ejercicio
legítimo del derecho a la protesta.

Según testimonios recabados, un funcionario policial vestido de civil procedió a maltratar y detener al dirigente, mientras efectivos uniformados acataron sus órdenes. Esta actuación, fuera de los parámetros legales, constituye una grave vulneración a los principios de legalidad, transparencia y debido proceso.

Adicionalmente, se reporta que durante el operativo miembros de la Policía sustrajeron provisiones y motocicletas de los manifestantes, acciones que agravan la arbitrariedad del procedimiento. A pesar de que la detención ocurrió a las 9h30, hasta las 13h30 no se contaba con parte policial que la respalde, lo que incrementa las sospechas de encubrimiento y abuso de poder.

El 30 de septiembre, durante una audiencia de justicia indígena comunitaria realizada por las comunidades kichwas de la provincia de Imbabura, se estableció la responsabilidad de 13 miembros de las Fuerzas Armadas en hechos de violencia contra la población.

La asamblea comunitaria comprobó que estos militares ingresaron sin autorización de las autoridades ancestrales al territorio de las comunidades kichwas de Cotacachi, violando así su autonomía y derechos colectivos. Además, se determinó que incurrieron en faltas graves al usar de forma letal armas contra la población, vulnerar la jurisdicción indígena, desconocer los principios de diálogo intercultural y transgredir la autonomía y autoridad comunitaria.

La Cruz Roja constato el estado de salud de los militares. Otras entidades como la Defensoría del Pueblo de Imbabura, el Alcalde de Cotacahi, la iglesia local, la jefatura política estuvieron presentes durante el procedimiento de justicia indígena.

Reiteramos que la Constitución del Ecuador reconoce expresamente el derecho de los pueblos y nacionalidades a administrar justicia en el marco de sus propias normas y procedimientos, en armonía con los derechos humanos. Intentar
desconocer estas facultades constituye no solo un acto de racismo estructural y negación histórica, sino también una violación de la obligación estatal de garantizar la pluralidad jurídica y de respetar la
autonomía y los derechos colectivos de los pueblos indígenas.

La Constitución del Ecuador reconoce el derecho a la libertad de reunión y manifestación y el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del
poder público que vulneren derechos. El Estado tiene la obligación de garantizar que estos derechos se ejerzan de manera segura y sin represión, aplicando fuerza únicamente de forma excepcional, legal y proporcional.

Reiteramos que ante manifestaciones de protesta como las que vive hoy el país, los estándares internacionales exigen al Estado el deber de garantizar, respetar y facilitar este derecho, que forma parte de la vida democrática y no debe considerarse una amenaza.

Con este mismo criterio, el uso de la fuerza nunca debe tener como fin reprimir ni disuadir a la ciudadanía, sino únicamente proteger la vida e
integridad de quienes protestan ante un peligro inminente. Incluso bajo un estado de excepción, el Estado no puede suspender, directa o indirectamente, el ejercicio de este derecho, ni recurrir al uso indiscriminado y excesivo de la
fuerza, mucho menos mediante la intervención de las Fuerzas Armadas.

En este marco, las armas de fuego están absolutamente prohibidas como mecanismo de dispersión, como lamentablemente se ha evidenciado en casos recientes como el de Efraín Fuerez.

Las armas llamadas “no letales” —gases lacrimógenos, balas de goma u otros— solo pueden usarse en situaciones excepcionales, y nunca deben dispararse directamente contra el cuerpo de las personas ni hacia la cara, boca u ojos, como se ha documentado contra manifestantes y periodistas.

Recordamos que toda actuación estatal en
contextos de protesta debe estar sujeta a supervisión, y que los abusos deben derivar en sanciones efectivas para los responsables directos y su cadena de mando.

A la fecha de corte de este boletín, las vulneraciones de derechos que involucran principalmente a la fuerza pública, entiéndase FFAA y Policía Nacional, alcanzan un 70%.

La Presidencia de Ecuador y el Ministerio del Interior, por emitir declarsciones estigmatizantes contra personas indígenas, manifestantes y defensores/as de derechos, están involucradas en el 4.3% de los casos.

El 3.6% corresponde a hechos donde se encuentran involucradas personas particulares y grupos que actúan contra manifestantes y afectan la labor de periodistas. El 7.8% corresponde a entidades bancarias públicas en colaboración con bancos privados.

Finalmente, el 2% coresponde al SNAI y el 1.2% corresponde a vulneraciones incurridas por un
funcionario municipal.

Persiste un alto riesgo para manifestantes, comunicadores y defensores de derechos humanos, debido a que las fuerzas estatales emplean un uso desproporcionado de la fuerza, como golpes, arrastres y gas lacrimógeno dirigido al rostro, acciones que han sido documentadas por la sociedad civil y medios de comunicación.

Este contexto se agrava por una estigmatización y criminalización que legitima la violencia en su contra. Las protestas en un ambiente de creciente hostilidad que contraviene los estándares
constitucionales e internacionales, así como las recomendaciones de la CIDH derivadas del paro de 2019.

Como Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos del Ecuador, seguimos cumpliendo nuestro trabajo de observación, registro, sistematización y denuncia durante este paro nacional, porque ese es el rol que la sociedad nos demanda.

Reafirmamos que nuestra labor será siempre estar junto a las víctimas de violaciones de derechos humanos, acompañarlas en su búsqueda de verdad, justicia y reparación, y exigir que el Estado cumpla con su obligación de garantizar y proteger los derechos constitucionales y convencionales.

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